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    Sano

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    FACIL COMUNICACIONES S.A.S. promueve las disposiciones del Ministerio TIC con respecto a la “Cero Tolerancia con la Explotación de menores de edad en Redes Electrónicas”. Para prevenir y contrarrestar el flagelo de este fenómeno en Colombia y el mundo se ha dispuesto lo siguiente:

    Glosario

    PROTECCION INFANTIL: Se refiere a las labores de prevención y respuesta a la violencia, la explotación y el abuso contra niños y niñas, como por ejemplo la explotación sexual, la trata, el trabajo infantil y prácticas tradicionales perniciosas como la mutilación/ excisión genital de la mujer y el matrimonio adolescente.
    LA PORNOGRAFIA INFANTIL: Se refiere a toda aquella representación visual y real de una persona desarrollando actividades sexuales explícitas, que involucren a personas menores de edad.

    Legislacion

    LEY 679 DEL 03 DE AGOSTO DE 2001: Por medio de la cual se expide un estatuto para prevenir y contrarrestar la explotación, la pornografía y el turismo sexual con menores, en desarrollo del artículo 44 de la Constitución.
    Ley 679 de 2001

    DECRETO 1524 DE JULIO DE 2002: El cual tiene por objeto reglamentar el artículo 5° de la Ley 679 de 2001, con el fin de establecer las medidas técnicas y administrativas destinadas a prevenir el acceso de menores de edad a cualquier modalidad de información pornográfica contenida en Internet o en las distintas clases de redes informáticas a las cuales se tenga acceso mediante redes globales de información y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 44 de la Constitución Política, los niños serán protegidos contra toda forma de abandono, violencia física o moral, secuestro, venta, abuso sexual, explotación laboral o económica y trabajos riesgosos.
    Decreto 1524 de 2002

    DECRETO 067 DE 2003: Por el cual se prorroga el plazo previsto en el primer inciso del artículo 8° del Decreto 1524 de 2002.
    Decreto 067 de 2003

    LEY 1336 DE 2009: Por medio de la cual se adiciona y robustece la Ley 679 de 2001, de lucha contra la explotación, la pornografía y el turismo sexual con niños, niñas y adolescentes.
    Ley 1336 de 2009

    LEY 1236 DE JULIO 23 DE 2008: Por medio del cual se modifican algunos artículos del Código Penal relativos a delitos de abuso sexual.
    Ley 1236 de 2008

    El objetivo de estas legislaciones es dar herramientas a las personas para prevenir, bloquear, combatir y denunciar la explotación, alojamiento, uso, publicitación, difusión de imágenes, textos, documentos, archivos audiovisuales, uso indebido de redes globales de información, o el establecimiento de vínculos telemáticos de cualquier clase, relacionados con material pornográfico o alusivo a actividades sexuales de menores de edad, por cuanto podría generar responsabilidad penal.
    Si encuentra algún contenido o actividad dentro de la red considerado como pornografía infantil puede denunciarlo.

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    Otro de los aspectos que la Ley 679 de 2001 promulga el interés de proteger a los infantes de acceder a sitios con contenido para adultos (pornografía). Pese al crecimiento y difícil control de internet en este sentido, existen métodos y herramientas que pueden filtrar contenidos no deseados y así proteger a los menores:
    PROGRAMAS DE FILTRADO DE CONTENIDO:Este tipo de software le permite completa funcionalidad durante un periodo de tiempo (shareware). Transcurrido el cual ud (previa satisfacción) podrá comprarlo.

    CyberPatrol

    NetNanny

    Family.net

    K9 Web Protection

    CONTROL PARENTAL: Hace referencia a ciertas funcionalidades de un determinado dispositivo o software que permiten a los padres y madres filtrar o aplicar restricciones de uso sobre el dispositivo o sobre el ordenador personal en caso del software. Este le permite tener más control sobre lo que ve las personas que utilizan dicho equipo. A continuación, se relaciona un link en donde le indica el paso a paso para realizar dicha configuración.

    Video Control Parental


    ¿QUE BUSCA LA LEY 679 DE 2001?
    Dictar medidas de protección contra la explotación, la pornografía y el turismo sexual y demás formas de abuso sexual con menores de edad, mediante el establecimiento de normas de carácter preventivo y sancionatorio, y la expedición de otras disposiciones en desarrollo del artículo 44 de la Constitución de Colombia.

    Canales de Denuncia

    El Ministerio de Comunicaciones, a partir de las obligaciones de la Ley 679 del 3 de agosto de 2001 implementó dos puntos de información y denuncia. Una línea telefónica gratuita nacional 01 8000 912667 y los sitios.

    Web: http://www.internetsano.gov.co
    www.enticconfio.gov.co/denuncia


    ¿Qué hace el Ministerio de Comunicaciones con estas denuncias?
    Las denuncias recibidas por el Ministerio de Comunicaciones sobre páginas de pornografía con menores de edad en Internet, son enviadas a la Policía Nacional o a la Fiscalía General de la Nación. Estas entidades adelantan el proceso de verificación, análisis e investigación de las URL y a su vez suministran al Ministerio de Comunicaciones un listado de URL clasificados como pornografía con menores de edad en Internet. El Ministerio con este listado, expide un acto administrativo exigiendo a los ISP (Proveedor de acceso a Internet) el bloqueo de estas páginas en Colombia.
    ATYCO S.A.S, coloco a disposición del usuario los siguientes sitios de Internet y direcciones locales donde podrás realizar las denuncias relacionadas con actos, sitios y contenidos de pornografía infantil y páginas electrónicas en las que se ofrezcan servicios de explotación sexual con niños:

    Direccion Central de Policia Judicial - DIJIN Grupo Investigativo Delitos Informaticos
    Carrera 77A # 45-61 Barrio Modelia
    Teléfonos: PBX: 426 6900 Ext. 6301-6302
    Directo: 4266300
    Dirección de correo: adelinfo@dijin.policia.gov.co

    Fiscalia General de la Nacion:
    Nivel Central - Bogotá, D.C. Diagonal 22B No. 52-01 (Ciudad Salitre)
    Teléfono: 01800 09 12280 - 57(1) 570 20 00 - 57(1) 414 90 00
    Pagina Web: http://www.fiscalia.gov.co/colombia/
    Dirección de correo: contacto@fiscalia.gov.co

    Instituto Colombiano de Bienestar Familiar:
    Av. Carrera 68 # 64C - 75 - Bogotá, Colombia Teléfonos Bogotá: 01-8000-91-8080 - 6605520 - 6605530 - 6605540
    Horario de atencion: lunes a viernes 8:00 a.m. - 5:00 p.m
    Página Web: www.icbf.gov.co

    Medidas tomadas por la Empresa

    Con el fin de dar cumplimiento a los requisitos de ley, la empresa FACIL COMUNICACIONES S.A.S realiza el proceso de filtrado y bloqueo de paginas Web de Pornografia Infantil. Dicha información puede ser constatada en los siguientes link.